03 / noviembre / 2017
Estimados clientes y amigos,
Como parte de las actualizaciones realizadas por el Servicio de Administración Tributaría (“SAT”) para cumplir con el Plan de acción contra la base gravable y la distribución de ingresos (“BEPS” por sus siglas en inglés) emitido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE, el 1 de noviembre del año en curso, esta instancia en conjunto con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente PRODECON han emitido la plataforma y los formatos digitales, para la presentación de las nuevas declaraciones informativas de Precios de Transferencia.
A través de estos formatos, los contribuyentes que se encuentren dentro de los supuestos mencionados en las fracciones I, II, III y IV del artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación CFF, tendrán que cumplir antes del 31 de diciembre del año en curso con las declaraciones señaladas en el artículo 76-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta LISR denominadas Declaración Local, Declaración Maestra y Declaración País por País, en relación a sus operaciones con partes relacionadas.
Para efectos de brindar el soporte necesario y proveer de la información suficiente para el correcto y puntual llenado de las mencionadas declaraciones, es fundamental que los contribuyentes obligados cuenten con el Estudio de Precios de Transferencia que ampare cada una de las operaciones realizadas durante 2016 con sus partes relacionadas a las que esta obligación les sea aplicable, además de observar lo dispuesto en el artículo 76, fracciones IX y XII y 179 de la LISR.
Cabe señalar que en caso de no presentar en tiempo y forma las declaraciones en cita, los contribuyentes omisos podrían ser sujetos de las siguientes sanciones de acuerdo con los Artículos 32-D; 81, fracción XL y 82, fracción XXXVII del CFF:
(i) Multa de $140,540 a $200,090 mn para los contribuyentes que no presenten las declaraciones informativas de precios de transferencia con la información solicitada, con información incompleta, con errores o inconsistencias.
(ii) No estar en posibilidad de contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con la Administración Pública Federal.
(iii) No poder obtener una constancia de contribuyente cumplido.
(iv) La cancelación del padrón de importadores.
En Moore Stephens Orozco Medina contamos con los especialistas en Precios de Transferencia y el equipo de fiscalistas y contadores que pueden brindar apoyo que su empresa requiere en el cumplimiento de esta nueva obligación tributaria.
No dude en contactarnos para efectos de aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre esta nueva obligación o su llenado.
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