¿Cómo obtener tu devolución del saldo a favor ante el SAT?

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Uno de los aspectos Fiscales más importantes son las declaraciones anuales, las cuales otorgan a las personas morales el derecho a solicitar la devolución del saldo a favor que resulte después del cálculo de impuestos y los pagos provisionales de los mismos. 

Solo se debe tener en cuenta que este tipo de contribuyentes no pueden solicitar la devolución automática, así que si quieres saber cómo obtener tu devolución del saldo a favor ante el SAT si eres persona moral, aquí te explicamos en detalle cómo es el proceso. 

Causas comunes de saldo a favor en personas morales

1. Exceso de pagos provisionales de ISR

Las personas morales están obligadas a realizar pagos provisionales mensuales del Impuesto sobre la Renta (ISR), calculados en función de sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas. Un saldo a favor puede surgir cuando:

  • Los ingresos reales son menores a los proyectados al inicio del ejercicio fiscal.
  • Se hicieron pagos superiores al ISR, generando un exceso. Esto ocurre con frecuencia en empresas que anticipan mayores ingresos o que realizan pagos conservadores para evitar multas.

2. Acreditamiento de IVA mayor que el IVA trasladado

Las empresas pueden acreditar el IVA pagado en la compra de bienes y servicios contra el IVA cobrado a sus clientes. Si el IVA pagado es superior al IVA cobrado, se genera un saldo a favor.

Por ejemplo:

  • Empresas que adquieren insumos o bienes gravados con IVA pero venden productos con tasa 0% (exportadores o ciertos alimentos).
  • Negocios en crecimiento que invierten fuertemente en maquinaria, insumos o servicios.

3. Deducciones mayores a los ingresos acumulables

En el cálculo del ISR, las personas morales restan las deducciones autorizadas (gastos, inversiones, salarios, etc.) de sus ingresos acumulables. Si las deducciones superan los ingresos, no solo se reduce el ISR causado, sino que puede generarse un saldo a favor.

Por ejemplo: 

  • Empresas que enfrentan pérdidas o reducciones temporales de ingresos.
  • Inversiones significativas en activos fijos, generando deducciones por depreciación o amortización.

4. Exportaciones de bienes o servicios con tasa 0% de IVA

Las exportaciones de bienes y algunos servicios están gravadas con una tasa de IVA del 0%, lo que significa que no generan IVA trasladado (Impuesto al Valor Agregado que una empresa o persona física cobra a sus clientes al vender bienes o prestar servicios gravados) pero sí tienen derecho a acreditar el IVA pagado en sus insumos. Esto ocasiona que las empresas exportadoras acumulen saldos a favor regularmente.

Por ejemplo:

  • Empresas exportadoras de productos manufacturados que compran materia prima local con IVA pero no cobran IVA a sus clientes extranjeros.

Estas causas reflejan la dinámica entre los ingresos, gastos y obligaciones fiscales, lo que genera oportunidades para recuperar recursos importantes mediante la devolución de saldo a favor.

Ahora, que conocemos los escenarios en los que se puede devolver el saldo a una persona moral, veamos los pasos para obtenerla. 

Pasos para obtener tu devolución del saldo a favor como persona moral

pasos-para-obtener-tu-devolucion-del-saldo-a-favor-como-persona-moralEn el caso de las personas morales o empresas, la devolución de saldo a favor solo se puede obtener de forma manual, y para ello, debes tener en cuenta lo siguiente:

1. Presentar tu declaración anual

El primer paso es presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal en el que tienes saldo a favor. 

Para personas morales, en el caso de ISR, este proceso debe realizarse en marzo, siendo la fecha límite el último día de este mes.

Para IVA, se hace de manera mensual. 

El proceso es el siguiente:

  • Ingresar al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e-firma.
  • Llenar los datos que solicita la declaración.
  • Enviar la declaración.
  • Obtener el acuse de recibo y, en su caso, la línea de captura.

2. Reunir la información necesaria

Para poder solicitar la devolución de tu saldo a favor, necesitas:

  • Tener firma electrónica vigente o e-firma portable.
  • Preparar toda la información y documentos que vas a anexar a la solicitud de devolución en formato .zip, cuidando que cada archivo no sobrepase los 4 MB.
  • Tener presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo correspondiente, cuando solicites devoluciones de IVA.
  • Preparar el archivo que se generó con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando con los anexos que correspondan de conformidad al impuesto que se solicita; esto aplica siempre que seas contribuyente bajo la competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Hidrocarburos o dictámenes tus estados financieros.
  • Proporcionar estado de cuenta bancaria no mayor a 2 meses que incluya el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).

Con esto, puedes obtener saldo a favor por conceptos como:

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): se cobra por el consumo final de productos y servicios y corresponde al 16%.
  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): es obligatorio para todos los que generan ingresos en México y, en el caso de las empresas, corresponde al 30% de sus ganancias.
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): es un impuesto indirecto, es decir, se traslada su cobro a los clientes. El objetivo es desincentivar el consumo de productos que dañan la salud o el medio ambiente, como tabaco, alcohol, gasolina, etc. 

3. Presentar declaración complementaria (si aplica)

Las declaraciones complementarias se deben realizar cuando necesitas corregir errores, incluir algunas omisiones o actualizar los datos de una declaración antes presentada. Algunas situaciones en las que aplica son las siguientes:

  • Modificación de datos: ajustes en montos.
  • Incluir información omitida: registrar ingresos o deducciones no declaradas.
  • Corrección de errores: rectificar cálculos o cambiar datos de la persona moral.

Si sucede esto en tu empresa, tienes que hacer lo siguiente antes de poder solicitar la devolución de saldo a favor:

1. Accede al portal del SAT

  • Entra a la página oficial del SAT: www.sat.gob.mx.
  • Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma.

2. Elige el formulario que corresponda

  • Ve hacia la sección de Declaraciones.
  • Elige el tipo de declaración que quieres modificar o corregir: ISR anual o IVA o ISR mensual.
  • Elige el tipo de declaración a corregir:
  • Haz clic en la opción de Declaración complementaria.

3. Indica el tipo de modificación

Existen tres tipos de modificaciones principales:

  1. Modificación de datos: si solo cambias o corriges parte de la información.
  2. Dejar sin efectos la declaración anterior: si necesitas sustituir por completo la declaración previa.
  3. Por corrección fiscal: si es una obligación pendiente derivada de una auditoría o revisión.

Tienes que elegir la opción adecuada según el caso.

4. Captura los datos corregidos

Lo siguiente es hacer las modificaciones necesarias.

El formulario va a precargar la información original presentada, y debes realizar los cambios que requieras, ya sea agregar datos, corregir cantidades o hacer ajustes.

5. Revisa los cálculos automáticos

A partir de la información modificada, el sistema hará un cálculo automático sobre los montos a pagar, compensar o saldos a favor.

Verifica que todo esté en orden antes de poder continuar con el proceso.

6. Firma y envía

Finalmente, solo debes firmar la declaración con tu e.firma y enviarla.

Es importante que descargues el acuse de recibo para tus registros, pues este incluye el folio de la declaración complementaria que acabas de realizar.

4. Realizar la solicitud

Una vez en este punto del proceso para la devolución del saldo a favor para tu empresa, solo debes solicitar la devolución y dar seguimiento al trámite para saber si requieren más documentos.

Para ello, ve al portal del SAT y haz lo siguiente:

  • Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma a tu cuenta.
  • Selecciona la opción de “Devoluciones y compensaciones” y busca la sección correspondiente al tipo de impuesto del cual vas a solicitar la devolución: IVA, ISR, etc.
  • Llena el formulario con tus datos fiscales, monto de saldo a favor y el periodo correspondiente.
  • Adjunta la documentación requerida en formato digital (XML y PDF). 

Toma en cuenta, como mencionamos anteriormente, que en el caso de empresas, no hay opción de devolución automática, sino que debe solicitarse directamente en el portal del SAT, pues se suelen requerir revisiones más profundas de los documentos.

5. Verifica los datos de la cuenta bancaria

Asegúrate de registrar correctamente la cuenta bancaria en la que quieres recibir la devolución del saldo a favor como persona moral. Este punto es crítico, pues tener errores puede retrasar o hasta anular el proceso.

Para ello:

  • Verifica que la cuenta esté activa y a nombre de tu empresa. Debe coincidir exactamente con la razón social registrada ante el SAT; no puede ser una cuenta personal o de terceros.
  • Actualiza o registra la cuenta CLABE en el portal del SAT. Solo tienes que seleccionar la opción de registro o actualización de CLABE bancaria y brindar estos datos: banco, CLABE interbancaria y documentos que acrediten la titularidad de la cuenta (estado de cuenta). 
  • Asegurarte de que el registro sea exitoso. 

6. Da seguimiento a la solicitud

Cuando hayas enviado la solicitud de devolución, debes dar seguimiento al proceso para garantizar que se realice en tiempo y forma y no sea rechazado. 

Para ello:

  • Revisa el estatus de tu solicitud en el portal del SAT. Solo da clic en Seguimiento de Devoluciones, ingresa los datos de tu solicitud y verifica el progreso.
  • Consulta tu Buzón Tributario de forma regular, pues si se detectan inconsistencias o hay problemas, te enviarán notificaciones.

7. Obtén la devolución del saldo a favor

Si todo está en orden, en un plazo máximo de 40 días hábiles obtendrás la resolución y el saldo a favor en la cuenta bancaria que proporcionaste.

Ten presente que cuando se trata de personas morales, no entran las deducciones personales; únicamente empresariales.

Recomendaciones para la devolución de saldos a favor en personas morales

  • Revisar previamente los saldos y pagos en los registros contables para asegurarse de que sean correctos.
  • Contar con un contador o asesor fiscal que gestione correctamente la solicitud.
  • Verificar que todos los CFDI emitidos y recibidos estén debidamente registrados.

Consejos para agilizar la devolución del saldo a favor

consejos-para-agilizar-la-devolucion-del-saldo-a-favorComo has visto, el proceso manual puede ser meticuloso, por lo que es importante tomar en cuenta algunos consejos:

Mantén actualizados tus datos

Es crucial que tu información esté correcta en el sistema del SAT. Así que asegúrate de que tus datos estén completos y actualizados:

  • E-firma.
  • RFC correcto.
  • CLABE interbancaria de 18 dígitos vigente y sin errores, ya que el SAT depositará tu saldo a favor en esta cuenta.
  • Verifica que los datos de contacto (teléfono y correo electrónico) estén actualizados para recibir notificaciones.

Presenta tu declaración a tiempo

Presentar tu declaración anual dentro de los plazos establecidos te ayudará a que el proceso de devolución sea más rápido. 

Cuenta con ayuda de especialistas o asesores fiscales que realicen una gestión correcta

Para lograr lo anterior y tener un mejor control, se recomienda contratar a especialistas en temas Fiscales y de Contabilidad, que te ayuden a llevar un claro proceso de facturas emitidas y recibidas, así como un buen manejo de todas tus finanzas empresariales. 

La asesoría profesional es clave para garantizar que el proceso se lleve a cabo correctamente. Ya que un contador o asesor fiscal: 

  • Evalúa la procedencia del saldo a favor: Determina si es viable solicitar la devolución y si cumple con los requisitos legales.
  • Prepara la documentación: Asegura que todos los documentos, como CFDI, balanzas contables y anexos, estén completos y correctos.
  • Responde requerimientos: En caso de que el SAT solicite información adicional, el asesor puede responder de manera adecuada y oportuna para evitar retrasos.
    Una gestión profesional minimiza errores y aumenta las probabilidades de éxito en la devolución.

Activa el Buzón Tributario

El Buzón Tributario es una herramienta clave para recibir notificaciones del SAT. Asegúrate de tenerlo activado y revisarlo periódicamente. 

Si el SAT requiere documentación adicional o tiene alguna observación, lo informará a través de este medio.

Problemáticas que enfrentan los contribuyentes al solicitar su saldo a favor

Solicitar la devolución de saldo a favor ante el SAT, como persona moral, puede ser un proceso complejo porque implica factores técnicos, legales y administrativos. Estas problemáticas suelen surgir por la exigencia de un cumplimiento riguroso por parte del SAT y la falta de claridad en determinados aspectos.

Algunas de las principales dificultades que los contribuyentes pueden tener son las siguientes:

1. Errores en la declaración fiscal

Uno de los principales problemas al solicitar el saldo a favor son los errores en las declaraciones presentadas. 

Las personas morales pueden enfrentar inconsistencias al calcular ingresos acumulables y deducciones autorizadas, lo que provoca que haya discrepancias que el SAT detecta y pide aclarar. 

Por eso, es importante tener una contabilidad ordenada, para que toda la información esté correctamente integrada, especialmente, cuando la empresa maneja múltiples operaciones fiscales.

2. Falta de documentación o errores en ella

La documentación incompleta o errónea es otro de los grandes desafíos. El SAT pide que las personas morales presenten comprobantes fiscales válidos (CFDI) que respalden las deducciones y saldo a favor, pero puede suceder que vengan con errores en los datos.

Asimismo, no actualizar documentos como la CLABE interbancaria puede hacer que se bloquee el depósito de la devolución.

Otro inconveniente frecuente es que las cifras no cuadren en los estados de cuenta que se presentan, debido a que no hay un control adecuado de ingresos y gastos, por lo que puede haber retrasos en la resolución. 

3. Adeudos o irregularidades fiscales

Tener obligaciones fiscales sin cumplir puede provocar que no obtengas la devolución del saldo a favor.

Si la compañía no ha pagado determinados impuestos o multas, el SAT puede bloquear automáticamente la solicitud. 

Por ello, se debe estar siempre al corriente de todas las obligaciones fiscales. Las personas morales tienen que asegurarse de haber presentado y saldado sus impuestos antes de iniciar la solicitud de saldo a favor para evitar problemas. 

4. Presentación fuera del plazo establecido

Presentar la declaración fuera de los tiempos establecidos que, en el caso de las personas morales, es máximo el 31 de marzo de cada año es uno de los errores más comunes y graves, pues puede resultar en la pérdida del derecho a la devolución.

Es necesario que los contribuyentes cumplan con los plazos establecidos por el SAT para no tener complicaciones.

5. Falta de conocimiento o preparación fiscal

Muchos problemas surgen por falta de experiencia o conocimiento fiscal de las personas encargadas de realizar el trámite. 

Errores en el llenado de la solicitud, desconocimiento de los requisitos o confusiones sobre los documentos requeridos son errores muy comunes que pueden hacer complicado el proceso. 

Por lo anterior, es importante contar con asesoría fiscal que haga más sencillos los pasos y así evitar problemas, como retrasos, o hasta la pérdida de dinero, lo que podría impactar negativamente a tu organización.

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Los procesos del SAT pueden ser meticulosos, es recomendable contar con ayuda de especialistas en Contabilidad y temas Fiscales que permitan agilizar los trámites y obtener mejores beneficios como empresa.

En Moore Orozco Medina, te podemos ayudar en estos procesos, para que evites problemas y puedas concentrarte en temas importantes para tu corporativo, pero sin descuidar los aspectos Fiscales. 

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