Estimados Clientes y Amigos,
Tal como ha sido del conocimiento en el ambiente empresarial de nuestro país en los últimos meses, las personas físicas y morales que en el ejercicio fiscal de 2013 hayan obtenido ingresos de cuatro millones de pesos o más, están obligadas en 2015 a enviar parte de su contabilidad al SAT, vía Internet.
La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que cuando una autoridad fiscal exija de un contribuyente la exhibición de su información contable y fiscal, tal requerimiento debe: a) ser precedido de una orden por escrito de la autoridad competente que funde y motive, la causa legal de la revisión a los documentos; b) deben estar presentes dos testigos durante la revisión, y c) las actas que se levanten deben ser precisas y circunstanciadas.
Ninguno de estos requisitos constitucionales es satisfecho por el sistema establecido para la revisión de la contabilidad electrónica, pues al remitir la contabilidad mensualmente al SAT, ésta autoridad simplemente revisará la contabilidad del contribuyente y, dado el caso, le enviará una pre-liquidación, otorgándole quince días para pagar o para aclararla, aportando las pruebas que correspondan.
Es muy importante señalar que además de los vicios de inconstitucionalidad mencionados, el SAT no ha garantizado que la información proporcionada por los contribuyentes será estrictamente cuidada y vigilada, a fin de que ninguna persona disponga de la misma para fines particulares.
El 12 de mayo pasado el periódico La Jornada publicó una nota en relación con denuncias que había hecho el SAT contra funcionarios y empleados que hicieron mal uso de la información que se recibe en esa dependencia. A continuación un breve resumen de dicha noticia:
“… En un reporte trimestral sobre las actividades de combate a la corrupción realizadas entre enero y marzo de este año, la dependencia dio cuenta de que se presentaron 12 denuncias ante el MPF en el periodo, cifra que duplicó el registro del mismo periodo de 2014 …”
“… Según los datos, el acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos, así como el ejercicio indebido del servicio público y la falsificación de documentos se mantienen como los principales delitos en que incurren funcionarios y empleados del SAT …”
“… A lo largo de todo 2014 el SAT denunció ante el MPF a 106 servidores públicos y a otros 579 ante el Órgano Interno de Control. La mayor parte de los casos, 63 o 59.4 por ciento del total, fue por ejercicio indebido del servicio público; 16 fueron por acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos y 13 por uso de documento falso …”
El envío del catálogo de cuentas, pero sobre todo, de la información mensual que se contiene en las balanzas de comprobación, implica el transmitir o informar sobre la riqueza del negocio. Es decir desconocemos qué personas tendrán conocimiento sobre el circulante y el patrimonio que posee una persona física o moral. Lo cual en estos momentos es verdaderamente crítico, por el mal uso de la información, que puedan hacer algunos funcionarios y empleados, como el propio SAT reconoce.
Por todo lo anterior, estimado cliente y amigo, queremos reiterar nuestra disposición en asistirle a su empresa (o inclusive a personas físicas a quienes les sea aplicable) en la interposición de juicios de amparo contra la obligación de enviar por medios electrónicos parte de la contabilidad que, como hemos mencionado, además de no brindar las garantías legales mínimas puede inclusive exponer la integridad y bienestar de su negocio (la demanda deberá presentarse dentro de los quince días posteriores al envío del catálogo de cuentas o de alguno de sus archivos).
No dude en contactarnos en caso de cualquier duda o inquietud sobre este tema y amplia posibilidad de contar el veredicto favorable.
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