Boletín Precios de Transferencia – Consideraciones básicas para el Estudio de Precios de Transferencia 2024

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Como parte de la permanente revisión de las Autoridades Fiscales de las operaciones intercompañía entre empresas nacionales e internacionales, es importante conocer los lineamientos para el cumplimiento para el ejercicio fiscal 2023 en 2024.

En el siguiente boletín se presenta la información necesaria para dicho cumplimento.

Las operaciones intercompañía realizadas entre empresas que pertenecen al mismo grupo, tienen que realizarse de acuerdo a condiciones de mercado. La revisión de esta condición es solicitada por las Autoridades Fiscales de varios países, a través de diversas declaraciones que tienen que cumplirse en tiempo y forma.

La revisión, análisis, soporte, así como la información necesaria para el llenado de esas declaraciones, se encuentra dentro de un trabajo llamado Estudio de Precios de Transferencia.

En México, los lineamientos principales para la revisión de las operaciones se encuentran en la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los artículos 179 y 180.

En los siguientes párrafos se presentan las principales condiciones para la revisión que tendrá que hacerse de las operaciones del ejercicio fiscal 2023, antes del 15 mayo de 2024.

Presentación del anexo 9 para las operaciones con partes relacionadas nacionales y extranjeras

Hasta el ejercicio 2021, la Ley del Impuesto sobre la Renta (“LISR”) en su artículo 76 fracción X, señalaba que las operaciones con partes relacionadas en el extranjero, eran las que tenían que informarse en el anexo 9 de la Declaración Informativa Múltiple (“DIM”).

Sin embargo, como parte de la Reforma Fiscal 2022, ahora existe la obligación de presentar esta información también para las operaciones con partes relacionadas nacionales. La información para llenar correctamente este anexo, se encuentra en el Estudio de Precios de Transferencia.

Para la revisión del ejercicio fiscal 2023, esta obligación sigue vigente y se requiere su presentación.

Análisis de las operaciones intercompañía y presentación de declaración local de grupos nacionales que están obligados a dictaminarse

En la fracción VI del artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación (CFF) se señala que las empresas que sean partes relacionadas y tengan operaciones intercompañía con empresas que, por el monto de sus ingresos anuales, están ahora obligadas a dictaminarse, tienen que contar con el Estudio de Precios de Transferencia que soporte estas operaciones, así como presentar la declaración local de partes relacionadas ante las Autoridades Fiscales.

Esta Declaración Local es relativamente nueva, y la Autoridad Fiscal Mexicana la comenzó a solicitar como parte de los esfuerzos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para evitar la erosión de la base gravable en sus países miembros.

Cambio en fechas límite de presentación de declaraciones relacionadas con operaciones intercompañía

Tanto el anexo 9 de la DIM, como las declaraciones de la OCDE mencionadas anteriormente, ahora tienen el 15 de mayo de 2024 como fecha límite para su presentación a través del portal electrónico de la Autoridad Fiscal Mexicana.

Revisión y mayor detalle en la metodología de elaboración del Estudio de Precios de Transferencia

Cabe señalar también que, como parte de estas revisiones fiscales, ahora los elaboradores de Estudios de Precios de Transferencia tendrán que pedir a sus clientes mayor soporte legal, fiscal y financiero de las operaciones intercompañía realizadas, esto para ampliar el rango de materialidad de las operaciones.

De igual forma, a partir de la revisión del ejercicio 2022, ahora la selección de empresas comparables y rangos de mercado tienen que ser de sólo un ejercicio fiscal.

Esto representará un reto para los elaboradores, ya que la limitante de la información, así como la nueva fecha de presentación de anexos y declaraciones, hará que el Estudio de Precios de Transferencia incluya más información funcional, mayor detalle, mayor soporte y que esto cumpla con las nuevas condiciones establecidas.

Como podrán observar en la información anterior, la revisión y soporte de las operaciones intercompañía, y su posterior comprobación a través de un Estudio de Precios de Transferencia, requiere que se revisen a detalle las prácticas tradicionales y sobre todo, obliga a los clientes a tener mayor conocimiento de los detalles de sus operaciones dentro de grupos tanto nacionales como internacionales, para cumplir en tiempo y forma con los nuevos requerimientos de la Autoridad Fiscal.

En Moore Orozco Medina nos ponemos a sus órdenes para atender sus dudas respecto al cumplimiento en tiempo y forma de estas obligaciones.

Elaborado por:

Lic. Oscar Martín Sánchez Hernández

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