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Nuevas reformas a la Ley Antilavado

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Las reformas legales buscan fortalecer los mecanismos de control en el país, alinearse a estándares internacionales y actualizar el marco normativo ante nuevas realidades económicas y sociales, recientemente la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida como Ley Antilavado, fue actualizada con cambios relevantes.

Estas modificaciones amplían obligaciones, ajustan procesos de reporte y refuerzan la vigilancia sobre quienes realizan actividades vulnerables y alinean la legislación nacional con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En este artículo encontrarás un resumen claro de los principales cambios y de cómo impactan a las empresas.

¿Qué es la Ley LFPIORPI?

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La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado, establece cómo deben actuar empresas y personas para prevenir, detectar y reportar actividades relacionadas con el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en México.

Su finalidad es impedir que recursos de origen ilícito ingresen al sistema financiero y a la economía formal, así mismo, refuerzan la vigilancia, trazabilidad y transparencia de las operaciones financieras en México. Para ello, define qué actividades se consideran vulnerables, qué obligaciones tienen quienes las realizan y qué sanciones aplican en caso de incumplimiento.

En 2025, esta ley fue reformada para ampliar su alcance y fortalecer los mecanismos de control aplicables a los sujetos obligados.

¿Cuál es el impacto de la reforma de la Ley Antilavado?

Las reformas de 2025 establecen un marco más estricto y con efectos inmediatos para quienes realizan actividades vulnerables:

  • Más sectores incorporados: inmobiliarias, empresas de activos virtuales, fideicomisos y operaciones internacionales de comercio exterior ahora deben cumplir obligaciones específicas bajo la LFPIORPI.
  • Obligaciones expresas en la ley: muchos requerimientos que antes dependían de reglas secundarias ahora están directamente en la ley, lo que elimina ambigüedades y reduce márgenes de interpretación.
  • Reportes con plazos más cortos: las operaciones inusuales o sospechosas deben notificarse más rápido, incluso dentro de las primeras 24 horas.
  • Mayor coordinación entre autoridades: la SHCP, CNBV, SAT y UIF comparten más información y refuerzan sus procesos de verificación.

 

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¿Cuáles son los cambios a la Ley Antilavado?

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El 16 de julio de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) reformas importantes a la LFPIORPI. Estos ajustes fortalecen el marco legal contra el lavado de dinero y elevan las exigencias para quienes realizan actividades vulnerables.

Se  ha incorporado  un bloque robusto de obligaciones que modifican sustancialmente el régimen de cumplimiento aplicable a quienes llevan a cabo actividades vulnerables. 

Algunas de estas obligaciones son completamente nuevas; otras, si bien ya se encontraban en normativas secundarias como el Reglamento o las Reglas de Carácter General (RCG), ahora adquieren rango legal; y otras más se refuerzan o precisan con mayor rigor. A continuación, se detallan:

Nuevos conceptos

Se incorporan definiciones clave como Persona políticamente expuesta, Representante encargada de cumplimiento y riesgo. También se actualiza el concepto de Beneficiario Controlador para precisar quién ejerce realmente el control sobre una operación o entidad y la Inclusión del financiamiento al terrorismo como objetivo de la ley.

Modificación de umbrales objeto de aviso

Se actualizan los montos que obligan a reportar operaciones, entre los principales casos en los que se bajó el umbral están:

  • Emisión o comercialización de tarjetas de crédito, servicios o prepagadas.
  • Operaciones realizadas por notarios y corredores públicos.
  • Transacciones con activos virtuales.

Ampliación del catálogo de actividades vulnerables

Se añaden los desarrollos inmobiliarios como actividad vulnerable. Además, se aclara que las operaciones con activos virtuales realizadas desde el extranjero por personas mexicanas también quedan sujetas a la LFPIORPI.

Presentación de avisos electrónicos obligatorios, incluso para operaciones intentadas.

Política de identificación y conservación de registros

Ahora debe identificarse directamente al cliente y recopilarse la información del Beneficiario Controlador cuando se conozca.

También se exige registrar y mantener actualizada la información de quienes realizan actividades vulnerables. La documentación deberá conservarse durante diez años después de la operación.

Requerimiento de implementación de sistemas automatizados

Las empresas deberán contar con sistemas automatizados para monitorear actos u operaciones, equiparando su nivel de control al del sector financiero.

Enfoque basado en riesgos

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Se tiene que aplicar una metodología para identificar, analizar y mitigar riesgos, además de evaluar a los clientes según su nivel de riesgo. Esto permite ajustar las medidas de prevención de forma más precisa.

Auditoría interna o externa

Será obligatorio realizar una auditoría anual, interna o externa en entidades de alto riesgo, para evaluar el cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero. Estas auditorías deberán seguir los lineamientos que establezca la autoridad.

Representante encargada de cumplimiento

Esta figura deberá recibir capacitación anual específica en prevención de lavado de dinero y se consolida como la responsable del cumplimiento normativo dentro de la organización, así mismo, se deberá generar programas de capacitación para el personal responsable de los procesos de PLD

Beneficiario Controlador

Las sociedades mercantiles deberán registrar en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía la información necesaria para identificar a la persona o grupo que ejerza el control real de la entidad.

Sanciones

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La Secretaría de Hacienda podrá no imponer sanciones si el infractor corrige la falta de manera espontánea antes de cualquier verificación. Este beneficio solo puede utilizarse una vez.

Si ya fue usado, la autoridad aún puede reducir la multa hasta en un 50%, siempre que la corrección también se haga de forma voluntaria.

Entrada en vigor

La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Algunas obligaciones tendrán fechas específicas de implementación que serán definidas por la Secretaría de Hacienda con opinión del SAT.

Conclusión

Las recientes reformas a la Ley Antilavado elevan las obligaciones, amplían la supervisión y exigen a las empresas adoptar controles más efectivos. Adaptarse ya no es opcional: es una condición indispensable para operar con seguridad y evitar sanciones.

En Moore Orozco Medina entendemos que estos cambios pueden representar un reto operativo, pero también una oportunidad para fortalecer procesos, mejorar la gestión de riesgos y consolidar la estructura interna de tu negocio. 

Nuestros expertos están preparados para guiarte en este proceso con estrategias claras, personalizadas y alineadas con las nuevas exigencias de la LFPIORPI, ya que contamos con servicios de Desarrollo de Negocios y Cumplimiento Normativo.

Te apoyamos en cada etapa: diagnóstico de obligaciones, implementación de controles, actualización de políticas internas, capacitación de tu equipo y acompañamiento en auditorías y requerimientos de autoridad.

¡Prepara a tu empresa para operar con confianza en este nuevo entorno regulatorio!

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