Con el cierre fiscal y contable del ejercicio 2022 a la vuelta de la esquina, consideramos oportuno recordarles a través de este boletín, los principales cambios en materia de Precios de Transferencia para la revisión de las operaciones intercompañia del ejercicio 2022, que deberán analizarse durante el año 2023.
Estos cambios pueden generar una mayor inversión de tiempo en la revisión de las condiciones de las operaciones intercompañía por ser particularidades que no se tenían en ejercicios anteriores y sobre las que se necesitará contar con mayor soporte documental y control en su aplicación, con el firme propósito de cumplir con los requerimientos que la Autoridad Fiscal podrá solicitar al contribuyente.
Los principales cambios son:
Presentación del anexo 9 para las operaciones con partes relacionadas nacionales y extranjeras
Hasta el ejercicio 2021 la Ley del Impuesto Sobre la Renta “LISR” en su Artículo 76 fracción X, señalaba que las operaciones con partes relacionadas en el extranjero tenían que informarse en el Anexo 9 de la Declaración Informativa Múltiple “DIM”.
Como parte de la reforma fiscal 2022, el análisis de dicho año conllevará la obligación de presentar esa información también para las operaciones con partes relacionadas nacionales. La información para llenar correctamente este anexo, será la que provenga del correspondiente Estudio de Precios de Transferencia.
Análisis de las operaciones intercompañía y presentación de declaración local de Grupos nacionales que están obligados a dictaminarse
En la nueva fracción VI del Artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación “CFF” se señala que las empresas que sean partes relacionadas y tengan operaciones intercompañía que, por el monto de sus ingresos anuales están ahora obligadas a dictaminarse, deberán contar con el Estudio de Precios de Transferencia que soporte estas operaciones, así como presentar la Declaración Local de Partes Relacionadas.
Esta Declaración Local es relativamente nueva y el fisco mexicano la comenzó a solicitar como parte de los esfuerzos de la Organización para el Cooperación y el Desarrollo Económico “OCDE” para evitar la erosión de la base gravable en sus países miembros.
Cambio en fechas límite de presentación de declaraciones relacionadas con operaciones intercompañia.
Tanto el Anexo 9 de la DIM, como las declaraciones de la OCDE mencionadas anteriormente, ahora tienen el 15 de mayo de 2023 como fecha límite para su presentación a través de la autoridad.
Revisión y mayor detalle en la metodología de elaboración del Estudio de Precios de Transferencia.
Cabe señalar también que, como parte de estas revisiones fiscales, ahora los elaboradores de Estudios de Precios de Transferencia tendrán que pedir a sus clientes mayor soporte legal, fiscal y financiero de las operaciones intercompañía realizadas para ampliar el rango de materialidad de las operaciones.
De igual forma, a partir del estudio del ejercicio 2022 la selección de empresas comparables y rangos de mercado tienen que ser de solo un ejercicio fiscal, lo cual representará un reto para los especialistas en la materia y del contribuyente revisado, ya que la limitante de la información, así como la nueva fecha de presentación de anexos y declaraciones harán que la preparación y desarrollo del Estudio de Precios de Transferencia conlleve el análisis de más información funcional, detalle y soporte, para que se alcancen las nuevas condiciones establecidas.
Como puede observarse, en comparación con las prácticas tradicionales, el análisis y comprobación de las operaciones intercompañía de grupos nacionales e internacionales a través de un Estudio de Precios de Transferencia conllevará una revisión más amplia de su respectivo soporte, para cumplir en tiempo y forma con los nuevos requerimientos.
En Moore Orozco Medina estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario a este respecto.
Elaborado por:
Lic. Oscar Martín Sánchez Hernández
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