Ley de ingresos y Miscelánea Fiscal 2016

Ley de ingresos y Miscelánea Fiscal 2016 150 150 Oma

20 / octubre / 2015

Estimado cliente y amigo,

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de Ley de Ingresos y Miscelánea Fiscal 2016 que deberá ser discutido y aprobado por el pleno de dicha Cámara, y dentro de los cambios aprobados destacan los siguientes:

  • El presupuesto de Ingresos aprobado por esa  H. Comisión es de cuatro billones setecientos cuarenta y seis mil millones novecientos cuarenta y cinco mil pesos.
  • El precio estimado del barril de petróleo será de $50 dólares y el tipo de cambio de $16.50 mn.
  • Su objetivo, sin incrementar impuestos, es fortalecer el ahorro e inversión en el país, para lo cual se propone agregar 34 incentivos fiscales adicionales a las que mandó el Ejecutivo.
  • Los cambios se enfocan al impuesto sobre la renta ISR (23), impuesto especial sobre producción y servicios IEPS (3)y el Código Fiscal de la Federación CFF (8), que se espera generen diecisiete mil millones más de recursos para el presupuesto del próximo año.
  • No habrá modificaciones a la tasa del impuesto al valor agregado IVA para la zona fronteriza derivado de que la aplicación del 16% no ha provocado mayores perjuicios económicos en la frontera, sino que por el contrario, el consumo y empleo se han incrementado.
  • Para beneficiar a pequeñas empresas de la deducción inmediata, el mínimo de ingresos será de $100 millones de pesos en lugar de $50.
  • El límite del monto de las deducciones personales pasará de cuatro a cinco salarios mínimos anuales (de $102,346 mn con tipo de cambio de 2015 a $133,000 mn –estimado de 2016-), o bien, 10% del total de los ingresos del contribuyente, el que sea menor.
  • El importe máximo deducible en la inversión en autos nuevos pasará de $130,000 mn a $175,000 mn.
  • Se propone que sea al 100%
    • La deducción de gastos vinculados con la incapacidad laboral, con los mismos requisitos para los gastos por honorarios médicos, dentales y hospitalarios. Habrá que esperar más detalle de este rubro.
    • La deducción inmediata de la inversión en bienes de activo fijo.
  • Se exime del pago del ISR a los dividendos o utilidades que se distribuyan provenientes de la Cuenta de Utilidad por Inversión en Energías Renovables.
  • En el Régimen de Incorporación Fiscal RIF dejará de ser obligatorio emitir un comprobante fiscal digital para erogaciones menores de $100 mn.
  • En el campo se propone exentar del ISR a los ejidos y comunidades indígenas.
  • La tasa variable del IEPS se aplicará únicamente a los consumos de gasolina y diésel que se consuman y entreguen en diciembre 2015, y se cobren a más tardar el próximo 10 de enero.
  • Respecto del IEPS a refrescos, se reduciría al 50% la cuota de $1.00 mn a bebidas endulzadas con hasta 5 gramos de azúcares añadidos por cada 100 mililitros. El propósito que conlleva esta reducción, lejos de recaudar menos IEPS del propuesto por el Ejecutivo (en $500 millones de pesos), es aumentar el consumo de la población con lo que, de rebote, se obtendrá un aumento en los ingresos públicos, no obstante que esto conlleve niveles de obesidad entre la población consumidora no deseados por las autoridades fiscalizadoras.
  • Habrá más medidas para fortalecer las acciones Antilavado.

En los próximos días conoceremos lo que se apruebe como miscelánea fiscal definitiva y lo haremos de su conocimiento.

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